Cuándo es necesario

Es obligación del promotor nombrar a un coordinador de seguridadLo debe contratar el promotor (No se puede delegar ni transmitir al contratista).

  • Coordinador en fase de proyecto: Es responsable de la elaboración del Estudio de seguridad o Estudio básico de seguridad (cuando la ejecución de la obra tiene un presupuesto inferior a 445.000 € o más de 30 días laborales y 500 días de trabajo o que algún día se superen los 20 operarios simultáneamente.
  • Coordinador en fase de ejecución: Siempre que en la obra intervengan más de una empresa
Empresa + Empresa
Empresa + Autónomo
Autónomo + Autónomo

Sus funciones son:

  • Aprobar el plan de seguridad y salud
  • Cumplimiento de los principios preventivos. Art. 15 LPRL
  • Control de los métodos de trabajo
  • Control de acceso a obra por personas autorizadas

En su ausencia es función de la dirección facultativa:

  • Legalizar el libro de incidencias
  • Igualmente deberá revisar las anotaciones y tomar las decisiones oportunas que deberá notificar a los afectados
  • Paralizar la obra cuando exista riesgo grave e inminente

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